Ley Nº 27152

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 27152

Tipo de Norma: Ley

Número: 27152


Visualización de la norma: Ley 27152



Descargar Ley 27152 en PDF -

documento PDF

 27152

Precio S/. 0.50

Normas Legales

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

O

nirector; Manuel Jesús Orbegozo_http://www.editoraperu.com.pe

úna, jueves 8 de julio de 1999_EDICION EXTRAORDINARIA_AÑO XVII - N° 6954 - Pág. 175481

RESOLUCION LEGISLATIVA

N2 27152

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL RETIRO DE LA COMPETENCIA CONTENCIOSA DE LA CORTE 1NTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

Articulo Unico.- Del retiro de la competencia contenciosa

Aprobar el retiro, con efecto inmediato, del reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Inte-ramericana de Derechos Humanos.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República

CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Lima, 8 de julio de 1999.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese,

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros

FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores

JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia

Aprueban donación efectuada en favor de instituciones, organizaciones, centros educativos y población de diversos departamentos del país

RESOLUCION SUPREMA N° 373-99-PCM

Lima, 8 de julio de 1999

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 365-96-PCM del 8 de octubre de 1996, el Despacho Presidencial, entonces Programa 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros aceptó la donación de 259 700 modulas escolares contenidas en 4329 cajas, efectuada por la República Popular de China por intermedio de CHINA HUBEICORPORA-TION FORINTERNATIONAL ECONOMIC AND TECH-NICAL C O OPERATION;

Que, con el propósito de apoyar a los integrantes de Instituciones, Organizaciones Sociales, Centros Educativos y Población de escasos recursos en sus esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, mediante las Actas de Entrega y Recepción respectivas, viene entregando en calidad de donación Ciento Quince Mil (115 000) de las mochilas escolares antes citadas, en favor de los integrantes de Instituciones, Organizaciones Sociales, Centros Educativos y Población más necesitada de los departamentos de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, lea, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Mo-quegua, Piura, Puno y Tumbes;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 804;

SE RESUELVE:

Artículo 1°,- Aprobar la donación de Ciento Quince Mil (115 000) mochilas escolares, valorizadas en Setecientos Veintiún Mil Seiscientos Tres y 87/100 Nuevos Soles (S/. 721 603,87), efectuada por el Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros en favor de ios integrantes de Instituciones, Organizaciones Sociales, Centros Educativos y Población de escasos recursos de los departamentos de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, lea, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Piura, Puno y Tumbes; según detalle del anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2o.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio de Educación y a la Contraloría General de la República, dentro de los términos establecidos.

Artículo 3°.- La presente Resolución, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori

Presidente Constitucional de la República

•h.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos