Ley Nº 27132

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 27132

NORMAS LEGALES

Pág. 173886 (EípeCUOnOl

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República

CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

7367

RESOLUCION LEGISLATIVA

N°27132

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA VIAJAR A LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA DEL 5 AL 8 DE JUNIO DE 1999

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102° y en el Artículo 113o de la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República; y, en consecuencia, autorizarlo para ausentarse del país durante los días 5 al 8 de junio, para viajar a los Estados Unidos de América, por motivos familiares.

La presente Resolución Legislativa entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República

CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Lima, 3 de junio de 1999

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquesey archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros

7366

Lima, viernes 4 de junio de 1999

PODER EJECUTIVO

Ampl ían plazo de autorizad ón para que el Banco de la Nación efectúe depósitos en entidades bancarias y financieras del país

DECRETO DE URGENCIA N° 028-99

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto de Urgencia N° 059-98 se le dio autorización al Banco de la Nación para que efectúe depósitos en las entidades bancarias y financieras del país, hasta el 30 de junio de 1999;

Que, a fin de mantener el proceso de reactivación del Sistema Financiero Nacional es de interés nacional prorrogar la vigencia de la medida dictada mediante la norma referida en el considerando precedente;

En uso de la facultad conferida por el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso;

DECRETA:

Artículo Io.- Prorrogúese hasta el 31 de diciembre de 1999 la autorización contenida en el Decreto de Urgencia N° 059-98, para que el Banco de la Nación efectúe depósitos en las entidades bancarias y financieras del país.

Artículo 2o.- El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Consejo de Ministros y

Ministro de Economía y Finanzas

7348

PC M

Autorizan viaje de representante de PROMPERU para que participe en la XV Convención de Instituciones Peruanas en los EE.UU. y Canadá

RESOLUCION SUPREMA N° 284 99 PCM

Lima, 28 de mayo de 1999

Vista la Carta N° SE. 180-99 de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú ha previsto participar en la XV Convención de Instituciones Peruanas en los EE.UU. y Canadá, que se llevará a cabo en la ciudad de Los Angeles, California, Estados Unidos de Norte América,a realizarse del 28 al 31 de mayo, evento en el que participan los peruanos residentes en esos países;

Que, en tal sentido es conveniente designar a un representante de PromPerú que expondrá en dicho evento sobre la Promoción Turística e Imagen Perú;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Decreto Supremo N° 053-84-PCM, Decreto Supremo N° 074-85-PCM, Decreto Supremo N° 010-88-PCM, Decreto Supremo N° 135-90-PCM, Decreto Supremo N° 037-91-PCM, Decreto Supremo N° 031-89-EF y Decreto Supremo N° 041-94-PCM;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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