Ley Nº 271

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Tipo de Norma: Ley

Número: 271


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 00271

Hes. leg. N.0 271 Pensión á la viuda é hij os dei Dr. D. F. C. Coronel Esgarra

Lima, 22 de octubre de 1906.

Excmo. Señor:

El Congreso ha resuelto conceder á doña Ifigenia Salinas viuda del doctor Félix Cipriano Coronel Zegarra v á sus hij as doña Elena, doña Hortensia y doña Laura Coronel Zegarra, la pensión de veinte libras mensuales.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento v demás fines

Dios guarde á V. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado.— Juan Pardo, Primer Y ice Presidente de la IL Cámara de Diputados.—Julio Revoredo. Senador Pro-Secretario. — A. F. León, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidente de la República.

Lima, 26 octubre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese,— Rúbrica de S. E. — Lesrma.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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