Ley Nº 270

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Tipo de Norma: Ley

Número: 270


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 00270

Res. leg. N.° 270 Pensión

á doña Mercedes Rivero

Lima, ^ de octubre de 1906.

Excino. Señor:

El Congreso ha resuelto conceder, como gracia, á doña Mercedes Rivero, viuda del doctor don José María Calle, la pensión de una libra mensual.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento v demás fines.

Dios guarde á V. E. — M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, Primer Yice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. — Julio Rey oredo, Pro-Secretario del Senado.—A. F. León, Diputado Pro-Secretario.

Excmo. señor Presidente déla República.

Lima, 26 de octubre de 1906.

Cúmplase, comuniqúese y publíquese. —Rubrica de S. E. — Leguía.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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