Tipo de Norma: Ley
Número: 27057
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27057DIARIO OFICIAL
Fundado en 1825 f por el Libertador Simón Bolívar
Normas Legales
Director: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
Lima, miércoles 3 de febrero de 1999 AÑO XVII - N° 6798 Pág. 169429
CONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 27057EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ADICIONA UN PARRAFO AL ARTICULO 206° DEL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo Unico.- Objeto de la LeyAdiciónase al Artículo 206° del Código de los Niños y Adolescentes el párrafo siguiente:
"Es improcedente el abandono de la instancia en todos los procesos referidos a los derechos de los niños y adolescentes."
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.
RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República
CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
1556 PCMNombran Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRIRESOLUCION SUPREMA N° 051 99 PCMLima, 30 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 803 - Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un programa de formalización de la propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional;
Que, según lo dispone el Artículo 2o del Decreto Legislativo N° 803, la COFOPRI será presidida por un Ministro de Estado, quien ejercerá la titularidad del pliego;
Que, mediante Resolución Suprema N° 004-98-PCM de fecha 7 de enero de 1998, se nombró como Presidente de COFO-PRI al Dr. Antonio Páucar Carbajal, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción;
Que, mediante Resolución Suprema N° 012-99-PCM de fecha 5 de enero de 1999, se ha aceptado la renuncia al cargo de Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, formulada por el Dr. Antonio Páucar Carbajal;
Que, en tal virtud, resulta necesario designar al nuevo Presidente de la COFOPRI, lo cual, de conformidad con lo dispuesto por el citado Artículo 2o del Decreto Legislativo N° 803, deberá efectuarse mediante Resolución Suprema;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico. - Nombrar como Presidente de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), a partir de su designación como Ministro, al señor ingeniero Alberto Pandolfi Arbulú, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
1557Autorizan viaje de representantes de PROMPEXy PROMPERU a Cubay Ecuador, en comisión de serviciosRESOLUCION SUPREMA N° 052 99 PCMLima, 2 de febrero de 1999
Visto el Oficio N° 022-99-PROMPEX/GG del Gerente General de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM-PEX; y,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.