Tipo de Norma: Ley
Número: 27014
documento PDF
27014DIARIO OFICIAL
Fundado en 1825 f por el Libertador Simón Bolívar
órmas Legales
http://www.editoraperu.com.peDirector: Enrique Sánchez Heniani
Lima, viernes 18 de diciembre de 1998
ANO XVI -N*67.50
Pág. 167391
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Ns 27014
_PCM_Modifican la R.S. Ns 730-98-PCM me diante la cual se autorizó el viaje del Ministro de Agricultura a Ecuador
F.I. PRFS1DF.NTF. DF. LA REPUBLICA POR CUANTO:
RESOLUCION SUPREMA
N® 745-98-PCMLima, 17 de diciembre de 1998
CONSIDERANDO:
F.I Congreso dp la República ha dado la Ley siguiente:
F.I. CONGRESO DF. LA REPUBLICA, Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA COMISION ADHOC CREADA POR LEY Na 26655 Y AMPLIADAPOR LEY NQ 26940Que, mediante Resolución Suprema N°730-98-PCM del 7 de diciembre de 1998 se autorizó el viaje del señor Ministro de Agricultura, Ing. Rodolfo Muñan te S&nRuineti , a las (iudades de Guayaquil y Quito, Ecuador, en atención a la invitación cursada por la Comisión para la Promoción de las Exportaciones -PROMPEX, para participaren la Misión Comercial y el Foro Empresarial Perú-Ecuador realizada del 8 al 10 de diciembre de 1998.
Que, los gastos irrogados por el viaje del señor Ministro de Agricultura han sido asumidos por PROMPF.X, por lo cual es necesario modificar el Articulo 2" de la Resolución Suprema X 730-98-PCM;
Deconformidadconel Decreto Legislativo N 560, Ley 1SF26706,
Decreto Ley NT 25902 y Decreto Supremo N"135-90- PCM; y, Estando a lo acordado;
Artículo IV Objeto de la Ley
Prorrógase hasta el 31 de diciembre ele 1999 el plazo de vigencia de la Comisión Adlloc creada por Ley N° 26655, cuyas facultades fueron ampliadas mediante Ley NT 26940.
Artículo 2V Vigencia de la Ley
í.a presente entrara en vigencia á partir del 1 de enero de 1999.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
F.n Lima, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
VICTOR JOY VVAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
SF. RFSUF.I.VE:
Artículo Unico.- Modificase el Artículo T de la Resolución Suprema N°730-98-PCM del 7 de diciembre de 1998. el mismo que queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán financiados con cargo a la Comisión para la Promoción de las Exportaciones PROMPEX”.
Regístrese, comuníquesey publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDO!.11 ARBUI.U
Presidente del Consejo de Ministros
14848
RICARDO MARCFNARO FRERS
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
Al SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
PORTANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLE! ARBUI.U Presidente del Consejo de Ministros
ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 14847
Aceptan renuncia deasesor del Despa cho del Presidente del Consejo ae Ministros
RESOLUCIONSUPREMA
N° 746-98- PCMl ima, 17 de diciembre de 1998
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N” 500-97-PGM, se designó al señor Juan Balarezo Espinosa como Asesor del Despacho del Presidente del Consejo de Ministros:
Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo;
De conformidad con Indispuesto por el Decrete Legislativo N" 560 y Decreto I .ey N* 25515;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.* Aceptar, a parí ir del 10 de diciembre de 1998, la renuncia del señor Juan Bala rezo Espinosa, al cargo de
i i
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.