Ley Nº 26954

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 26954

NORMAS LEGALES

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LEY N° 26954

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA LA DECIMO PRIMERA DISPOSICION TRANSITORIA DE LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Y LAS LEYES ORGANICA DE ELECCIONES Y ORGANICA DEL JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Artículo Io.- Precisión de la Décimo Primera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Modifícase el primer párrafo de la Décimo Primera Disposición Transitoria de la Ley N° 26435 -Ley Orgánica del Tribunal Constitucional-, incorporada por la Ley N° 26801, en los términos siguientes:

"Décimo Primera.- Mientras se cubran los cargos vacantes del Tribunal Constitucional, el quorum para las acciones a que se refieren los incisos 2) y 3) del Artículo 202° de la Constitución Política del Perú, así como para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 5o de la presente Ley Orgánica y resolver asuntos administrativos, será de cuatro de sus miembros. Siempre será necesario que haya quorum para que se emita una resolución.

Artículo 2o.- Precisión a las Leyes Orgánica de Elecciones y Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones

Precísase que la denegatoria de inscripción, impugnaciones y tachas a que hace referencia la Ley N° 26859 -Ley Orgánica de Elecciones- y la Ley N° 2 6486 -Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones- serán resueltas por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el voto favorable de por los menos el número de miembros que constituyen su quorum. De no alcanzarse la mayoría calificada prevista, la denegatoria de inscripción, las impugnaciones o las tachas serán declaradas infundadas. En ningún caso el Jurado puede dejar de resolver.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Presidente del Congreso de la República

EDITH MELLADO CESPEDES

Primera Vicepresidenta del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU

Presidente del Consejo de Ministros

ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia

5516

} Lima, viernes 22 de mayo de 1998

PCM

Autorizan viaje del Primer Vicepresidente de la República y de asesor de PROMPEX a Chile para participar en evento de la PBEC

RESOLUCION SUPREMA N° 272-98-PCM

Lima, 21 de mayo de 1998

Visto el Oficio N° 100-98-PVP de fecha 11 de mayo de 1998, de la Primera Vicepresidencia de la República; y,

CONSIDERANDO:

Que, el ingeniero Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República y Presidente de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, viajará a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 24 al 26 de mayo de 1998, con la finalidad de participar como expositor en la Sesión Plenaria titulada Libre Comercio en las Américas en el marco de la "31st International General Meeting" del Pacific Basin Economic Council - PBEC, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 23 al 27 de mayo de 1998;

Que, es pertinente autorizar el viaje del Primer Vicepresidente de la República;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 053-84-PCM, Decreto Supremo N° 074-85-PCM, Decreto Supremo N° 135-90-PCM y Decreto Supremo N° 041-94-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Autorizar el viaje del ingeniero Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República y Presidente de la Comisión para la Promoción de Exportaciones-PROMPEX- a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 24 al 26 de mayo de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 004 Vicepresidencia de la República, Función 03 Administración y Planeamiento, Programa 006 Planeamiento Gubernamental, Subprograma 0005 Supervisión y Coordinación Superior, de acuerdo al siguiente detalle:

-Pasajes : US$ 307.10

- Viáticos : US$ 800.00

- Tarifa CORPAC : US$ 25.00

Artículo 3o.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori

Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU

Presidente del Consejo de Ministros

5500RESOLUCION SUPREMA N° 273-98-PCM

Lima, 21 de mayo de 1998

Visto el Oficio N° 020-98-PROMPEX/SG del Secretario General (e) de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX; y,

CONSIDERANDO:

Que, del 23 al 27 de mayo de 1998, se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, la "31 st International General Meeting" del Pacific Basin Economic Council -PBEC;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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