Ley Nº 26805

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 26805

Tipo de Norma: Ley

Número: 26805


Visualización de la norma: Ley 26805



Descargar Ley 26805 en PDF -

documento PDF

 26805

por el Libertador Simón BolIvar

Normas Legales

Director: Enrique Sánchez Hernani

"Año de la Reforestación: Cien Millones de Arboles"

é

Lima, jueves 5 de junio de 1997 AÑO XV ■ N* 6186 Pi|¡. I4979S

LEY N° 26805

Facultan a las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social para que otorguen en concesión al sector privado, proyectos y obras de infraestructura y de servicios públicos

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado

la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo Io.- Facúltase a las Sociedades de Beneficen-da y Juntas de Participación Social para que mediante Acuerdo de su Directorio, otorguen en concesión al sector privado, proyectos y obras de infraestructura y de servicios públicos que forman parte de su patrimonio, de acuerdo a los lincamientos y disposiciones contenidas en los Decretos Legislativos N°s. 758 y 839.

Para tal efecto resultan de aplicación los beneficios, mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo N°059-96-PCM.

Artículo 2°.- Deroga nse o modifícanse las d ¿aposiciones legales que se opongan a la presente ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para ni promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dadoen la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promoción de la Mqjer y Desarrollo Humano

6354

Nombran miembro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

RESOLUCION SUPREMA N° 253-97-PCM

Lima. 4 de junio de 1997

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26457 se dispuso el proceso de reorganización de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; estableciéndose que dicha reorganización sería conducida por una Comisión integrada por cinco miembros;

Que, mediante Ley ND 26614 se amplió por un año adicional, a partir del 26 de mayo de 1996, el plazo del proceso de reorganización de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos;

Que, se encuentra vacante el cargo de miembro de la Comisión Reorganizadora de la referida Universidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26457, Ley N° 26614 y en el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, '

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Nombrar al Ing. FERNANDO GUSTAVO PERALES CALDERON como miembro de la Comisión Reorganizadora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publiquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Ftyimori Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

6356

Ratifican adhesión del Perú a Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales

DECRETO SUPREMO N° 022-97-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Legislativa N° 26783, de 7 de mayo de 1997, promulgada el 9 de mayo de 1997, el



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos