Ley Nº 26801

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 26801

Bolívar

Normas Legales

Director: Enrique Sánchez Hernani

"Año oe la Reforestación: Cien Millones de Arboles"

Lima, jueves 29 de mayo de 1997 AÑO XV - N* 6179 Pág. 149595

CONGRESO DE LA REPUBLICAIncorporan disposición transitoria a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional

LEV N” 26801

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo Unico.- Incorpórase a la Ley N° 26435 la siguiente Disposición Transitoria;

"DECIMO PRIMERA.- Mientras se cubran los cargos vacantes del Tribunal Constitucional, el quórum para las acciones a que se refieren los incisos 2) y 3)del Artículo 202° de la Constitución Política del Perú, será de cuatro de sus miembros. Siempre será necesario que haya quórum para que se emita una Resolución.

Ix>s Magistrados del Tribunal Constitucional no pueden abstenerse debiendo votar a favor o en contra en cada oportunidad.”

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve dias del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

RICARDO MARQUEZ FLORES Primer Vicepresidente de la República Encargado ael Despacho Presidencial

CARLOS HERMOZA MOYA Ministro de Justicia Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros

6099

Destituyen en el cargo a tres magistrados del Tribunal Constitucional

Resolución Legislativa del Congreso de la República N° 002-97-CR

El Presidente del Congreso de la República del Perú;

POR CUANTO:

El Congreso de la República del Perú;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso de la República, en sesión plenaria convocada para el día 28 de mayo de 1997, ha destituido en el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional al señor don Manuel Aguirre Roca, por infracción de la Constitución, en aplicación de lo establecido en el primer párrafo del Artículo 100“ de la Constitución Política del Perú.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dada en el Palacio del Congreso de la República, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Congreso de la República

JOSE FRANCISCO CEVASCO PIEDRA

Oficial Mayor del Congreso de la Repúhlica

6096

Resolución Legislativa del Congreso de la República N° 003-97-CR

El Presidente del Congreso de la República del Perú; POR CUANTO:

El Congreso de la República del Perú;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso de la República, en sesión plenaria convocada para el día 28 de mayo de 1997, ha destituido en el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional al señor don Guillermo Rey Terry, por infracción de la Constitución, en aplicación de lo establecido en el primer párrafo del Articulo 100° de la Constitución Política del Perú.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dadn en el Palacio del Congreso de la República, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Congreso de la República

JOSE FRANCISCO CEVASCO PIEDRA

Oficial Mayor del Congreso de la República

6097



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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