Tipo de Norma: Ley
Número: 26678
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26678- wpecuan
Fundado en 1825 fpor el Libertador Simón Bolívar
ormas LegalesDirector: Enrique Sánchez Hernán!Lima, sábado 26 de octubre de 1996
AÑO XIV - N* 5961
Pág. 143805
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Constituyen Comisión Nacional encargada de organizar los actos conmemorativos del Primer Centenario del Nacimiento de Raúl Porras Barrenechea
CARLOS TORRES Y TORRES LARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.
LEY N* 26878
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
FRANCISCO TUDELA Ministro de Relaciones Exteriores
El Congreso de la República ha dado la
Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1°-* Constituyase una Comisión Nacional encargada de organizar los actos Conmemorativos del Primer Centenario del Nacimiento de Raúl Porras Barrenechea.
Artículo 2°.- Esta Comisión estará integrada por un representante de cada una délas siguientes instituciones:
Congreso de la República, quien lo presidirá.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Educación.
Asamblea Nacional de Rectores.
Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Pontificia Universidad Católica del Perú.
Concejo Provincial de Lima.
Concejo Provincial de Tacna.
Concejo Provincial de Pisco.
Concejo Distrital de Mirailores.
Academia Peruana de la Lengua.
Academia Nacional de la Historia.
Instituto Raúl Porras Barrenechea.
De la familia del doctor Raúl Porras Barrenechea.
Artículo 3o.- La Comisión Nacional designará un Comité Ejecutivo que preparará el proyecto del programa Conmemorativo y colaborará con éste en todo lo que se refiere al cumplimiento de la presente ley.
Artículo 4a.- Los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Educación quedan encargados del cumplimiento de la presente ley.
Artículo 5V Los gastos que origine la presente ley se atenderán con recursos propios que obtenga la Comisión Nacional encangada de organizar los actos conmemorativos del Primer Centenario del Nacimiento de Raúl Porras Barrenechea. f
Artículo 6a.- La presente ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Congreso de la República
DOMINGO PALERMO CABREJOS Ministro de Educación
Autorizan viaje de periodistas del Diario Oficial a la ciudad de Santiago de Chile para cubrir la Reunión de Cancilleres de Perú y Ecuador
RESOLUCION SUPREMA NA 393-96-PCM
Lima, 25 de octubre de 1996
Vista la Carta N° 050-PD-GG-96 de la Presidenta del Directorio de Editora Perú solicitando autorización para el viaje del Editor Gráfico y de un reportero del Diarto Oficial El Peruano a la República de Chile, para cubrir información en la Reunión de Cancilleres de Perú y Ecuador a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile los días 28 y 29 de octubre de 1996;
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesaria la presencia de periodistas del Diario Oficial El Peruano en la ciudad ae Santiago de Chile a fin de que cuhran la Reunión de Cancilleres de Perú y Ecuador a realizarse los días 28 y 29 de octubre del presente año;
Que, el Diario Oficial ha designado a los señores Hermán Schwarz y Samuel Ramón para cubrir la referida información;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo NA135-96-PCM y la Directiva N“009~96-OIOE aprobada por Resolución Ministerial N° 165-96-EF/15; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Ia.- Autorizar el vime a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, de los señores Hermán Schwarz Ocampo y Samuel Ramón Farro para cubrir la Reunión de Cancilleres de Perú y Ecuador, entre los días 26 al 30 de octubre de 1996.
A
2a.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Presupuesto de Editora Perú, por concepto de pasees US$ 939.28, viát$J eos US$ 2,000.00 y Tarifa de Corpac US$ 50.00.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.