Tipo de Norma: Ley
Número: 26466
documento PDF
26466Aprueban las Enmiendas 1, 2 y 3 al Tratado para la Proscripción de las Armas
Nucleares en América Latina
Resolución Legislativa N° 26466
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
El Congreso Constituyente Democrático, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 56o. y 102o. inciso 3), de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar las Enmiendas 1, 2 y 3 al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina", adoptadas mediante Resoluciones 267 (E-V) de 3 de julio de 1990; 268 (XII) del 10 de mayo de 1991, y 290 (E-VII), del 26 de agosto de 1992, por la Conferencia General del
Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, al primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 8 de junio de 1995.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
JUAN CASTILLA MEZA
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.