Ley Nº 26437

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 26437

Autorizan donación de inmueble a favor de ciudadana

Ley N° 26437

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo lo.- Autorícese la donación de la vivienda básica signada como sub-lote No. 3, conformante del lote 2 de la manzana Q del conjunto habitacional "Edwin Vásquez Cam" FONAVI- EX Carabayllo, a la señora Violeta Carnero Hoke, viuda del poeta nacional Gustavo Valcárcel, expidiendo para tal efecto el contrato de adjudicación a nombre de la beneficiada.

Artículo 2o.- Autorícese al Poder Ejecutivo, a cancelar el valor de la vivienda indicada en el artículo precedente con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Vivienda -FONAVI-.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEñOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y cinco.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

MARIA LUISA FEDERICI SOTO Ministra de la Presidencia



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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