Ley Nº 26328

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 26328

Autorizan al Jefe de Estado Peruano para que asista a la IV Cumbre Iberoamericana

a llevarse a cabo en Colombia

Resolución Legislativa N° 26328

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso Constituyente Democrático, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo 102o. y el Artículo 113o. de la Constitución Política del Perú, ha resuelto deferir a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República, y en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función Presidencial, pueda ausentarse del país, del 14 al 16 de Junio del presente año, con el fin de viajar a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, para asistir a la IV Cumbre Iberoamericana.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 27 de mayo de 1994

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

DANTE CORDOVA BLANCO

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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