Ley Nº 26311

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 26311

Declaran Capital de la Biodiversidad del Perú al departamento de Madre de Dios

Ley N° 26311

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo lo.- Declarar al Departamento de Madre de Dios como Capital de la Biodiversidad del Perú.

Artículo 2o.- La Dirección General de Correos incluirá a partir del presente año, dentro de sus programas de emisión periódica de estampillas postales, series alusivas a la materia a que se contrae el artículo anterior.

Artículo 3o.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que adopte las medidas que requiera la eficiente aplicación de la presente ley.

Artículo 4o.- Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley, la cual entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los cinco días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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