Ley Nº 26232

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 26232

Autorizan al Presidente de la Repúblcia ausentarse del país para asistir a la Vil

Cumbre del Grupo de Río a realizarse en Chile

Resolución Legislativa N° 26232

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso Constituyente Democrático, de conformidad con lo prescrito en el inciso octavo del Artículo 186o. y el inciso tercero del Artículo 206o. de la Constitución Política, ha resuelto deferir a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia autorizarlo para que, en ejercicio de la función presidencial, pueda ausentarse del país, desde el 14 hasta el 17 de Octubre del presente año, con el fin de viajar a la ciudad de Santiago de Chile, para asistir a la Vil Cumbre del Grupo de Río.

La presente Resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los trece días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y tres.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 13 de octubre de 1993

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Industria,

Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales

JAIME FREUNDT-THURNE OYANGUREN Ministro de Salud

Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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