Tipo de Norma: Ley
Número: 26230
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26230Amplían plazo señalado en disposición transitoria del D.L. N° 25988, Ley de Racionalización del Sistema Tributario Nacional y de Eliminación de Privilegios y
Sobrecostos
Ley N° 26230
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:
hasta el 31
Artículo lo.- Amplíase el Plazo mencionado en la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Ley No. 25988, de diciembre de 1993.
Parques y dispuesto
Artículo 2o.- El monto que se facture en los rubros de arbitrios de Alumbrado Público, Limpieza Pública,
Jardines y Relleno Sanitario, y se cubre conjuntamente con el servicio de energía eléctrica, es conforme a lo en el Decreto Supremo Extraordinario No. 050-PCM/93, hasta el 31 de diciembre de 1993.
Artículo 3o.- Deróganse los dispositivos legales que se opongan a la presente ley.
Artículo 4o.- La presente ley rige a partir del lo. de Setiembre de 1993.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de Setiembre de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre de mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALFONSO BUSTAMANTE Y BUSTAMENTE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Industria,
Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.