Tipo de Norma: Ley
Número: 26176
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26176Aprueban el "Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas de América Latina y el Caribe"
Resolución Legislativa N° 26176
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
El Congreso Constituyente Democrático, en uso de la atribución que le confieren los artículos 102o. y 186o. inciso 3) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar el "Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe", adoptado en la ciudad de Madrid, España, el 24 de Julio de 1992, y suscrito por el Perú, el lo. de Octubre de 1992.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 27 de marzo de 1993
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.