Ley Nº 26145

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Número: 26145


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 26145

Autorizan al Instituto de Salud del Niño a adquirir un terreno

DISCRETO IJSY N° 2G14G

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno do Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

lia dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Io. Autorízase, ni Instituto de Salud del Niño, instituto especializado del Ministerio do Salud, para adquirir un terreno adyacente a su sede, de 3,597.75 m2. de área, de propiedad del Convento de los Padres Descalzos, hasta por un monto de Trescientos cineuentinueve mil setecientos cincuen-ticineo Dólares Americanos (US $ 359,755), a fin de destinarlo o la construcción de un moderno centro de emergencia pediátrica.

Artículo XV El precio materia do la compra-von-tn será caucelndo con cargo a la Fuente de Fmancia-micnlo Ingresos Propios del Instituto do Salud del Niño.

Artículo OVLns condiciones do coinnrn-yentn son las <jue han negociado los partes y deberán estar re dejadas en el respectivo contrat o visado por la fíiqmi intendencia de Bienes Nacionales y aprobado por el Ministerio de Salud.

Artículo 4V Exonérase al Instituto de Salud del Niño de los pngos de Impuesto de Alcabala y Derechos Regístrales.

Artículo 5°.- El presente Decreto Ley ent rará en vigencia ni día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

4

Dado en la Cosa de Gobierno, en Lima, n los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de ln República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGAUA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores VICTOR MALO A VILLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BEIIR Ministro de Economía y Finanzas JUAN BRIONES D AVILA Ministro del Interior FERNANDO VEGA SANTA GADEA

Ministro de Justicio

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura JORGE CAMET DIQKMANN Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro do Energía y Minas AUGUSTO ANTONIOU VASQUEZ Ministro de Trnbnjo y Promoción Social A LEPE I) O ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAIME SOBERO TAIRA

Ministro de Pesquería

ALBERTO VARÍ LIAS MONTENEGRO

Ministro do Educación

MANUEL VARA OCIIOA

Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla*

Lima, 29 de diciembre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGAUA

Presidente del Consejo de Ministros j de Relaciones Exteriores VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud

Ministro



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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