Ley Nº 26103

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 26103

Aprueban el Convenio Conslituiivo y el Convenio de Administración del

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Fondo Mullilateral de Inversionos

DECRETO LEY N» 26103 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El C.obíoi no do Emergencia y Rcconatrucción

Nacional;

Con el voto aprobatorio dol Consejo tic Ministrop;

Ha dado el Decretó Ley siguiente:

Aitfculo lVAoruébaneel Convenio Constitutivo y el Convenio de Administración del Fondo Multilateral de Inversiones creado en el Banco Interamcricnno de Desarrollo v que fueran suscr ito el día 11 de febrero de 1992 por el Gobierno del Perú.

Artículo 2”.- Autorízase al Director General do Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas o suscribir los documentos adicionales necesarios.

Artículo 3X- Apruébase una contribución al Fondo Multilateral (1c Inversiones jx)r US$ 1'000,000.00 (Un Millón de Dólares Americanos 00/100) en calidad de donación, que no haré, efectiva en cinco cuotas anuales iguales en las fechas y de la manera especificado en el Convenio Constitutivo citado en el Artículo Io del presente dispositivo.

Artículo 4”.- El presente Decreto Ley entraré en vigencia ni din jiguíente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano",

Dado en lo Cnsn do Gobierno en Lima, a los vein-ticuat ro días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYO ADA

Presidente del Consejo de Ministrosy Ministro de

Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA

Ministro de Defensa CARLOS BOLONA BEI1R Ministro de Economía y Finanzas

JUAN PRIORES I)AVILA Ministro del Interior FERNANDO VEGA SAN'I'A GADEA Ministro de Justicia VICTOR PAREDES GUERRA

Ministro de Salud

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Agricultura

JORGE CAMETDIOKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Inter nacionales

DANIEL H O RAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ _

Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAIME SOBERO TATUA

Ministro de Pesquería

ALBERTO VARI LI AS MONTENEGRO Ministro de Educación

MAXIMO MANUEL VAHA OCHOA

Ministro de la Presidoncia POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de diciembre do 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

PierJdcnte del Consejo deMinistrosy Ministro do Relaciones Exteviorea CARLOS BOLONA BEIIR Ministro do Economía y Finanzas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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