Ley Nº 26000

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 26000

Autorizan a ia Dirección de Proyectos de la Dirección General de Crédito Público a contratar servicios en moneda extranjera a través de la AID

DECRETO I.E Y N» 2G000

, PRESIDENTE DE LA REDUPLICA

POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Minist ros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo .1°.- Incluyase dentro de los alcances del Decreto Ley Nu 25781, lo establecido en el inciso e) del Articulo (if>° de la Ley N° 25388 - Presupuesto del Sector Publico para 1992 - a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo II inciso b) del Anexo A del Convenio de Donación-de trigo hasta por

VEINTICINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS (US $ 25,000,000.00); y a lo dispuesto en el Artículo III Sección A-3.1 inciso a) del Anexo A del Convenio de Donación de trigo por TREINTA MILLONES DE DOLARES AMERICANOS (US $ 30'000,000.00); suscritos entre el Gobierno Peruano V el de los Est ados Unidos do América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional -AID.

Artículo X6.- Autorízase a la Dirección de Proyectos de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a contratar servicios en moneda extranjera, en vías de regularizaron y en armonía con los Convenios de Donación suscritos con el Gobierno de los Estados Unidos, a

travos de ln Agencia para el Desairollo Internacional - AID.

Artículo T.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en I.inia, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventidós.

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ

Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOPERO 'LAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando so publique y cumpla.

Lima, 21 de diciembre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de ln República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLON A BEHR Ministro de Economía y Finanzas

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS RO LONA BEHR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN PRIONES DAVILA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

ABSALON VASQUEZ VIL1 .ANUEVA

Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL IIOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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