Ley Nº 25976

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 25976

Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas asumir el saldo de las deudas que mantiene HIERRO PERU con diversas entidades

DECRETO LEY N° 25976

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno do Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1L- El Ministerio de Economía y Finanzas asume, o partir de la vigencia del presente Decreto Ley, el saldo de las deudas al 21 de diciembre de 1992 que mantiene la Empresa Minera del Hierro del Perú S.A. -HIERRO PERU-, con el Banco de la Nación, la Corporación Financiera de Desarrollo -COFI-I)E-, el Banco Minero del Perú (en liquidación), ELECTRO PERU, el Instituto Peruano de Seguridad Social -IPSS-y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT-.

Artículo 2o.- A partir de la vigencia del presente Decreto Ley, las instituciones y empresas señaladas en el artículo anterior procederán a liberar todas las garantías constituidas a su favor por HIERRO PERU.

Artículo .T.- Derogúese el Decreto Ley Nv 25887.

Artículo 4°.-EI presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 21 de diciembre de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Re 1 a c i o n e s E x t e r i o re s

CARLOS BOLON A BE MR Ministro de Economía y Finanzas DANIEL I-IOKAMA TOKASIIIKI Ministro de Energía y Minas

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventi-dós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de

Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA vILLA NUEVA

Ministro de Defensa

CARLOS BOLON A BE) IR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVÍLA

Ministro del Interior FERNANDO VEGA SANTA GADEA

Ministro de Justicia

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Agricultura

Encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL HOKAMA TOKASIIIKI

Ministro de Energía y Minas AUGUSTO ANTONÍOLI VASQUEZ

Ministro de Trabajo y Promoción Social ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAIME SOPERO TAI HA Ministro de Pesquería ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MAXIMO MANUEL VARA OCHOA

Ministro de la Presidencia



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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