Tipo de Norma: Ley
Número: 25954
documento PDF
25954Transfieren al Jurado Nacional de Elecciones el local del Banco Indus-trial
DECRETO LEY N* 25954 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1.- Transfiérase al Jurado Nacional de Elecciones el local del Banco Industrial del Perú ubicado en la Plaza Guillermo Gastañeta N° 665-681 y Jirón Cusco N5 653-Lima, para su sede institucional. El Tesoro Público asume el costo de la transferencia, de acuerdo al valor de tasación que efectúe el Cuerpo Técnico de Tasaciones del Perú.
Artículo 2V Exceptúase al Jurado Nacional de Elecciones, para el proceso de Elecciones Municipales Generales 1992-1993, de las normas de austeridad contenidas en la Ley N® 25388 del Presupuesto del Sector Público para 1992 y su modificatoria, Decreto Ley N° 25672.
Artículo 3V Deróganse las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Ley.
Artículo 49.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VILLANUEVA
Ministro de Defensa
CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANIA GADEA Ministro de Justicia
AB SALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 12 de diciembre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas
MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.