Ley Nº 25936

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 25936

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVI LA

Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA

Ministro de Justicia

Dan fuerza de Ley ai D.S. N9 013-92-PCM sobre ampliación de plazo para la culminación del proceso de reorganización del Ministerio de Energía y Minas

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1*.- Dése fuerza de Ley al Decreto Supremo N° 013-92-PCM sobre ampliación del plazo iara la culminación del proceso ae reorganización iel Mii ' ‘ “

Aclá: otorgó

por

del

DECRETO LEY N1’ 2S936 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

pal

del Ministerio de Energía y Minas.

Aclárase que el Decreto Supremo N® 013-92-PCM, al Ministerio de Energía y Minas un plazo excepcional para cumplir con el objetivo de racionalizar el personal y autorizó a declarar nuevos excedentes y aprobar un nuevo Cuadro de Asignación de Personal y estructura del Ministerio.

Artículo 2*.- La declaración de personal excedente y su cese, así como la supresión de plazas todos ellos producidos como consecuencia de lo señalado en el artículo anterior, tienen carácter irreversible y r lo tanto no pueden ser modificados por el Titular el Sector.

Artículo 3*.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noven-tidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura

Encargado déla Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 9 de diciembre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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