Tipo de Norma: Ley
Número: 25917
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25917Facultan al Ministerio de Educación para adquirir los locales alquilados dedicados a centros escolares
DECRETO LEY N" 25917 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo l9.- Prorrógase por ciento ochenta (180) días el plazo establecido en la segunda v la cuarta disposición final del Decreto Legislativo N3 709.
Artículo 29.- Faculta se al Ministerio de Educación para adquirir, mediante Decreto Supremo, los locales de propiedad de terceros que tiene alquilados y dedicados en su totalidad a centros escolares. El Ministerio de Educación considerará las propuestas formuladas por los propietarios y los recursos que para tal efecto se consigne en el Presupuesto de la República correspondiente a 1993.
Artículo 39.- Déjense sin efecto todas las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Ley.
Artículo 42.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de noviembre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADAPresidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
ALFREDO ROSS ANTEZANA
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de EducaciónDado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores VICTOR MALCA VILLANUEVA
Ministro de Defepsa
CARLOS BOLONA BEHR Ministro de Economía y Finanzas JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA
Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industria, Turismo, Integracióny
Negociaciones Comerciales Internacionales
DANIEL HOKAMA TOKASHIKIMinistro de Energía y Minas AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.