Tipo de Norma: Ley
Número: 25905
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25905Declaran en estado de emergencia el Sistema de Contabilidad del Instituto Peruano de Seguridad Social
DECRETO LEY N- 25905
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Minis-l ros;
Ha dudo el Decreto Ley siguiente:
Artículo l-.~ Declárase en estado de emergencia ('! sistema do contabilidad del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS).
Artículo 2-.- Exonérase a! Instituto Peruano de Seguridad -Social de las normas contenidas en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público para 1992 y modificatorias, a fin de contratar bajo la modalidad do Concurso de Méritos por Invitación, los servicios necesarios pura la realización de un estudio integral sobro el actual sistema de contabilidad; y para el diseño de un nuevo sistema de contabilidad c¡uí permita a dicha institución elaborar estados financieros auditables. F,1 mencionado estudio deberá incluir un cronograma y un plan de acción pura lu total implemcniación del sistema para el ejercicio 1993.
Artículo 3V El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Pera no"
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil nove cientos noventidós.
DANIEL HOKAMA TOKASHIKIMinistro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONJ.OLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZA NA
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
vieiula y Construcción
JAIME SOPERO TAI RA
Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
MANUEL VARA OCliOA Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique, y cumpla.
Lima, 28 de noviembre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro do. Relaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEHlt Ministro de Economía y Finanzas
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADAPresidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR MALOA V1LLANUEVA Ministro de DefensaCARLOS BOLOÑA BEIIR
Ministro de Economía v Finanzas
JUAN UPIONES DAVILA
Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ABSALON VASQU1SZ VJLLANUEVA Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industria, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.