Ley Nº 25903

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 25903

Declaran en reestructuración al Banco de la Nación

DECRETO LEYN* 25903 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo l8.- Declárase enrreestructuración a Banco de la Nación a fin de adecuarlo operativa mente a las reformas del sector financiero.

Artículo Créase una Comisión Especial de Alto Nivel que se encargará de elaborar un Plan de Acción para la reestructuración a que se refiere € artículo anterior, la que estará integrada por:

- El Viceministro de Economía, quien la presidirá;

- El Gerente General del Banco Central de Reserva del Perú; y,

- El Gerente General del Banco de la Nación.

Artículo 3V En un plazo de noventa (90) días dicha Comisión elaborará el Plan de Acción y Crono* grama correspondientes para la ejecución del proceso de reestructuración a que se refiere el presente Decreto Ley.

Artículo 4*.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano"

Dado en la Casa dé Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consto de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVI LA

Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud,ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLIVASOUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

alfredo poss Antezana

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:Mando se publique y cumpla.

28 de noviembre de 1992.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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