Tipo de Norma: Ley
Número: 25896
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25896Disponen que la nonnativiciacl relativa a la sobretasa aplicable a los productos alimenticios se adoptará por Decreto Supremo refrendado por los Mi-nistros de Economía y Finanzas y Agricultura
DECRETO LE Y Nv 2B886
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Poli CUANTO:
El Gobierno tle ISmergencin y Keconst rucción
Nacional;
Con el voto aprobatorio del Con ye jo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1.- La normntividad relativo n lo sobretasa aplicable a los productos alimenticios n que «o refiere el Decreto Ley N°26528 y modificnionao se adoptará por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Minist ro de Agricultura.
Artículo 29.- El presente Decreto Ixjy entrara en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "¿íl Peruano”
Dado en lu Casa do Gobierno, en Limo, a los veintisiete días dol mes do noviembre de mil novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de ln República
OSCAR DE LA PUENTE RAYO Al) A Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales
DANIEL HOKAM.A TOKASI1IKI Ministro de Energía y Minan
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ
Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA Minist ro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SORERO TAJKA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
MAXIMO MANUEL VARA UCIlUA Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de noviembre de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYO ADA
Freimiento del Consejo do Ministros y Minist ro de Relaciones Exteriores
CARLOS ROLON A REI IR Ministro de Economía y Finanzas
A BSA LON VASQUEZ VILLANO JO/A Ministro de Agricultura
VICTOR MALCA V1LLANUEVA
Ministro de Defensa
CARLOS ROLOÑA REI IR Ministro de Economía y Einun/us
JUAN UILIONES i)AVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA
Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ V1LLANUEVA
Ministro de Agricultura
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.