Tipo de Norma: Ley
Número: 25863
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25863Sustituyen el Artículo 59 de la Ley del Poder Ejecutivo, referido a la integración del Despacho del Presidente de la República
DECUETO LEY N' 25803 EL PRESIDENTE DE IA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministro»;
Ha dado el Decreto Ley siguiente;
Artículo 1*.* Sustitvíynse el Artículo 5o del Decreto Legislativo N* 660, Ley dol Poder Ejecutivo, por el
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Artículo 5°.- Integran ol Despacho del Presidente de la República y le dan apoyo y asesoratrdento:
1. - La Casa Militar;
2. - La Secretaría General de la Presidencia de la
República;
3. * La Secretaría del Consejo de Ministros;
4. - La Sccrcturía de Prensa;
5. - Asesores Especializados; y,
6. - La Inspectoría General, quoes la encargada
de programar las actividades quo lo son propias de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control."
Artículo 2,.*Derógnnso, modifícense o déjnnse en suspenso las normas que so opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Ley.
Artículo 3*.- El prosente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente do su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.