Ley Nº 25847

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Número: 25847


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 25847

JAIME SOPERO TAI HA

Ministro de Pesquería

ALBERTO VARI 1J AS MONTEN EGRí)

Ministro de Educación

MANUEL VARA OOHOA Ministro de )n Presidencia

POR TANTO:

Mondo se publique y cumpla.

Lima, 27 de noviembre de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de lo República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exter iores

CARLOS BOLOÑA PEI IR Ministro de Economía y Finanzas

DECRETO LEY

Autorizan al Programa Despacho Presidencial para que contrate directamente los bienes y servicios necesarios para la reparación y pintado de mobiliario y equipo de oficina

DECRETO LEY N* 25847 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gob ierno de Emergencia y Reconstrucción Nocional;

Con el voto Aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1.- Autorízase al Programa 01, Despacho Presidencial del Pliego Presidencia Consejo de Miniatros, para que contrate directamente los bienes y servicios necesarios para la reparación y pintado del mobiliario y equipo de oficina, recuperados de diversos organismos del Estado, como producto de su desactivación y/o racionalización, hasta por un monte

de DOSCIENTOS CINCUENTITRES MIL OCHEN-TICUATRO Y 35/100 NUEVOS SOLES (S/. 253,084.35) que se ejecutará con cargo al Prepuesto Año Fiscal 1992.

Artículo 23.- La presente exoneración será puesta en conocimiento de la Contrnlorfn General de la República y de la Dirección General de Presupuesto Público conforme a lo dispuesto en el Artículo 156p de la Loy >P 25303. prorrogado por el Artículo 269 de la Ley ívF 25388.

Artículo 9V Quedan en suspenso todas las normas que se opongan a lo establecido en el presente Decreto Ley.

Artículo 49.~ El presente Decreto Ley entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Cosa de Gobierno, en Lima, o los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA V1LLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BE!IR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA Ministro de Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

VICTOR PAREDES GUERRA

Ministro de Salud

ABSALON VASQUKZ VI LLANO EVA Ministro de Agricultura

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL HOKAMA TOKASHIK1

Ministro de Energía y Minos

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Minist ro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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