Ley Nº 25799

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 25799

Modifican el Artículo 2- de la Ley Ns 24561, referido a la conformación de la Junta de Administración de bienes inmuebles de Colegio Nacional

DECRETO LEY N* 25799 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

FA Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; lio dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo IV Modifícase el Artículo 2o de la Ley N® 24561 en el sentido que la Junta de Administración de los bienes inmuebles del Colegio Nacional "I>eoncio Prado" de Huánuco estará conformado por:

- El Director del Colegio Nacional "Leoncio Prado" de Huánuco, quien la presidirá;

- El Presidente de la Asociación de Padres de Familia del plantel; y,

- El representante de los Docentes del plantel.

Artículo 2V El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas JUAN BRIONES DAVILA

Ministro del Interior

Encargado de la Cartera de Defensa

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Apicultura Encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN . .

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo o Integración

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA

Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

POR TANTO: :

Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de octubre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Rol aciones Exteriores

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO

Ministro de Educación

MAXIMO MANUEL VARA OCHOA

Ministro de la Presidencia



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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