Tipo de Norma: Ley
Número: 25799
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25799Modifican el Artículo 2- de la Ley Ns 24561, referido a la conformación de la Junta de Administración de bienes inmuebles de Colegio Nacional
DECRETO LEY N* 25799 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
FA Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; lio dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo IV Modifícase el Artículo 2o de la Ley N® 24561 en el sentido que la Junta de Administración de los bienes inmuebles del Colegio Nacional "I>eoncio Prado" de Huánuco estará conformado por:
- El Director del Colegio Nacional "Leoncio Prado" de Huánuco, quien la presidirá;
- El Presidente de la Asociación de Padres de Familia del plantel; y,
- El representante de los Docentes del plantel.
Artículo 2V El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Dado en Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEHR
Ministro de Economía y Finanzas JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
Encargado de la Cartera de Defensa
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA
Ministro de Apicultura Encargado de la Cartera de Salud
JORGE CAMET DICKMANN . .
Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo o Integración
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA
Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
POR TANTO: :
Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de octubre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Rol aciones Exteriores
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO
Ministro de Educación
MAXIMO MANUEL VARA OCHOA
Ministro de la Presidencia
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.