Tipo de Norma: Ley
Número: 25781
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25781Exoneran a la Dirección de Proyectos de la Dirección General de Crédito Público de las normas de austeridad contenidas en los Artículos 669 y 68-de la Ley del Presupuesto del Sector Público
DECRETO LEY N9 25781
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción
Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo l9.- Exonérase a la Dirección de Pro yectos de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas de las normas de austeridad contenidas en el inciso a) y 0 del Artículo 86°, e inciso d) del Artículo 68° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para 1092, Nr; 25388, a fin ae impleinentar los Convenios de Donación suscritos entre el Gobierno Peruano y el de los Estados Unidos de América, a través de ín Agencia para el Desarrollo Internacional - AID.
Artículo 22.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, n los catorce días del mes de octubre de mil novecientos novcnli-dós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de lo República
OSCAR DE LA PUENTE RAYO AI) A
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro
de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VILLANUEVA
Ministro de Defensa
CARLOS BOLOÑA BEHR
Ministro de Economía y Finanzas
FERNANDO VEGA SANTA GADEA
Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA
Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS AN'LEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOPERO TAIRA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
MANUEL VARA OCIIOA Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 14 de octubre de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas
JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.