Tipo de Norma: Ley
Número: 25741
documento PDF
25741DECRETO LEY
Declaran de necesidad y utilidad pública la construcción de la Plaza de Armas del Distrito de la Unión, de la Provincia de Piura
DECRETO LEY N5 2B741
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno He Emergencia y Reconstrucción
Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo l9.* Declárase de necesidad y utilidad pública y preferente interés social la construcción de la Plaza de Amias del Distrito de la Unión y, ara este fih, autorízase la expropiación de un área e 4,321.66 tn2, ubicada al lado Este de la Municipalidad Distrital Mayor de la Unión, do la Provincia de Piura, Región Grau.
Artículo 29.- El áren del terreno y loa inmuebles sobre él edificados a que se refiere el artículo procedente, se encuentran comprendidos entre los siguientes linderos y medidas perimétricns: Por el Norte con 42.80 metros lineales y colinda con la calle Chepa Santos; por el Este con 99.90 metros lineales y colinda con la calle Callao; por el Sur con 44.10 metros lineales y colinda con la calle Inca Roca; y, j*or el Oeste con 99.20 metros lineales y colinda con el terreno de propiedad de la Municipalidad Distrital de la Unión.
Artículo 39.- El Concejo Provincial de Piura actuará como sqjeto activo de la expropiación quedando encargado de su trámite. La Municipalidad Distrital de la Unión sufragará los gastos del proceso judicial de expropiación así corno el pago del justiprecio correspondiente, encargándose de la construcción de la Plaza de Armas del Distrito con el apoyo técnico de la Municipalidad Provincial de Piura.
Artículo 45.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre de mil novecientos noventidós.
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
JUAN DRIONES DAVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura,
Encargado de lo Cartera de Salud
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integr ación,
Encargado de la Cartero de Economía y Finanzas
DANIEL HOKAMA TOKASIIIKI Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ
Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transarles, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 21 de setiembre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
JORGE LAU KONG Ministro de la Presidencia
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.