Tipo de Norma: Ley
Número: 25703
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25703Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas a adquirir vehículos para el Ministerio de Defensa
DECRETO LEY N9 25703 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción
Nacional;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo 1*.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a adquirir para el Ministerio de Defensa y con cargo al Presupuesto de óste, mediante concurso por invitación, quedando exonerado del requisito de Licitación Pública o Concurso Público de Precios, los vehículos siguientes:
-800 camionetas hasta por un monto equivalente a US$ 5’232,040
-740 automóviles hasta por un monto equivalente a US$ 4’036,883
El Ministerio de Economía y Finanzas transferirá dichos vehículos al Sector Defensa una vez concluido el proceso de adquisición, que será aprobado por el Consejo de Ministros mediante Decreto Supremo.
Artículo2®.- Derógnnse o déjanse sin efecto, en SU caso, las disposiciones que se opongan al presente Decreto Ley.
Artículo 3*,- Por Decreto Supremo refrendado por los Titulares de los Sectores Defensa y Economía y Finanzas 8e dictarán las normas reglamentarias para ía aplicación del presente Decreto Ley.
Artículo 4*.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trelntiún días del mes de agosto de mil novecientos novenUdós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
JAIME YOSHIYAMA TAÑARA
Ministro de Energía y Minas
Encargado del Despacho de la Presidencia del
Consejo de Ministros
VICTOR MALCA VILLANUEVA
Ministro do DefecaCARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas
JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
Encargado de las Carteras de Relaciones Exteriores, Trabajo y Promoción Social y Educación
AJBSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud
JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración
ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
JORGE LAU KONG
Ministro de la Presidencia POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 31 de agosto de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional do la República
JAIME YOSHIYAMA TAÑARA
Ministro de Energía y Minas
Encargado del Despacho de la Presidencia del
Consejo de Ministros
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
CARLOS BOLOÑA BEHR
Ministro de Economía y Finanzas
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.