Ley Nº 25665

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 25665

Aprueban el Convenio para el Intercambio de Información Tributaria, suscrito por el Gobierno de la República del Perú con el Gobierno de los Estados Unidos de América.

DECRETO LEY N» 25665 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo I*.- Apruébase el Convenio para el Intercambio de Información Tributaria, suscrito por el Gobierno de la República del Perú con el Gobierno ,de los Estados Unidos de América en la ciudad de Cartagena, Colombia, el día 15 de febrero de 1990, el mismo que consta de ocho (8) artículos.

Artículo 2*.- Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores a proceder al respectivo canje de notas para la plena vigencia del instrumento a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3*.- El Convenio a que hace referencia el presente Decreto Ley entrará en vigor ni efectuarse el respectivo canje de notas por los representantes de los Estados Contratantes, conforme a lo establecido en el artículo 7° de dicho Convenio.

Artículo 4*.- El presente Decreto Ley entrará eii vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial ”El FViuano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos noventidás.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA PrcBidento del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS B O LONA UEIIR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVIIA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Agricultura

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turis

tno e Integración

JAIME YOSHIYAMA TAÑARA

Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vi

vienda y Construcción

JAIME SOPERO TAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

JORGE LAU KONG

M i rustro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 14 do agosto de 1992.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR I)E LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro

de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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