Tipo de Norma: Ley
Número: 25661
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25661Comprenden a la Banca Estatal de Fomento, dentro de los alcances del D.Leg. N9 681, en cuanto al uso de las tecnologías de microíormas, microdu-plicados, micrograbación y otros análogos
OECnETO I.EY N* ÍE88I EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO;
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción
Nacional
Ó0««1 Voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
iWíládo el Decreto Ley siguiente:
ARTICULO If.- Compréndase a la Banca Estafa! de Fomento, en liquidación, dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 681 en cuanto al uso de los tecnologías de microformas, microduplicadoB, micrograbación, microarchivo y otros análogos a los autorizados por la Superintendencia de Banca y Seguros.
ARTICULO 2*.* Los Bancos Estatales de Fomento transferirán al Archivo General de la Nación, el término de su respectivo liquidación, la documentación que debe ser conservada con sujeción a las disposiciones legales vigentes.
ARTICULO 3’.- Deróganse o déjense en suspenso, en su caso, Ia9 disposiciones legales que se opongan a e9to Decreto Ley.
ARTICULO 4*.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano".
Dadoenla Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos no-ventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la Repiíblica
OSCAR DE IA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro
de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANIA GADEA Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA
Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA
Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración
JAIME VOSHIYAMA TAÑARA
Ministro de Energía y Minas AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ
Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas
JORGE LAU KONG Ministro de lo Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla'.
Lima, 12 de agosto de 1992
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ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA 1 residente del Consejo de Ministros y Ministro ae Rotaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEHR
Ministro de Economía y Finanzas
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.