Tipo de Norma: Ley
Número: 25657
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25657DECRETO LEY
Autorizan al Presidente Constitucional de la República a ausentarse del país y encargan las funciones del Despacho Presidencial al Ministro de Energía y Minas
DECRETO LEY N'! 2G057 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nncionnl
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo l2.- Autorízase al señor Presidente Constitucional de la República, Ingeniero ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, a ausentarse del territorio nacional los días 10 y 11 de agosto de 1992, n fin de asistir a la Ceremonia de Transmisión do Mondo al Presidente electo del Ecuador, señor doctor SIXTO
DURAN BALLEN
Artículo 2V Durante la ausencia del señor Presidente de la República queda encargado de las funciones del Despacho Presidencial el señor Ingeniero JAIME YOSÍ1IYAMA TAÑARA, Ministro de Energía y Minas, encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 3V El presente Decreto Ley entrará en vigencia el día do su promulgación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de agosto de mil novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE IIAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
JUAN BRIONES D AVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEAMinistro de Justicia VICTOR PAREDES GUERRA
Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de AgriculturaJORGE CAM ET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo o Integración
JAIME YOSHIYAMA TAÑARA
Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZMinistro de Trabajo y Promoción Social ALFREDO ROSS ANTEZANA
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
Encarnado de !n Cartera fie Economía y Finanzas
JORGE LAU KONG Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 10 de agosto de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
JAIME YOSÍUYAMA TAÑARÁ
Ministro de Energía y Minas Encargado do la Presidencia del Consejqcle Ministros
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.