Ley Nº 2556

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2556


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 02556

Construcción de un puente sobre el ríoChichanaco,

de los caminos de la provincia de Sandia

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veinte y dos días del mes de noviembre de mil novecientos diez v siete.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

José Pardo.

Héctor F. Escardó-

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana•

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—El Poder Eiecutivo mandará practicarestudios y presupuestos para la construcción de un puente sobre el río Chiehánaco y para la reparación de los caminos de la provincia de Sandia, sobre la base de un costo, cmTo total máximo sea de mil libras peruanas de oro.

Artículo 29—La suma que arrojen esos presupuestos, aprobados que sean por el Poder Ejecutivo, se tomará de la partida especial que se consigna en el Presupuesto General de la República, de conformidad con la lev número 2323.

Comuníqueseal Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los quince días del mes de noviembre de mil novecientos diez y siete.

J. C. Bernales, Presidente del Senado—Juan Pardo, Presidente Diputado. —F- R- Lanatta, Senador Secretario.— Santiago D- Parodi, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente de la República.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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