Tipo de Norma: Ley
Número: 2555
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02555Carretera que una la ciudad de Huánuco con la de Cerro de Pasco
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la lev siguiente:
El Congreso de la República Peruana-
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1°—Votase en el Presupuesto General de la República, durante seis años consecutivos, y á partir de 1918, la cantidad de cinco mil libras peruanas
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.