Ley Nº 25552

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Número: 25552


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 25552

Autorizan una Transferencia de Partidas en Presupuesto dr l Gobierno Central, al Sector Justicia

DECRETO ILET N*: 25552

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO;

El Gobiérne dé Emergencia y Reconstrucción Nacional.

Con el voto aprobatorio dr ¿ Consejo de Minie* .

tros;

Ha dado él Decreto Ley t ¿uiénta:

i I

• i

Artículo I*.- Autorizasr; una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Gobierno Central correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1992, hasta por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTI* SIETE MIL QUINIENT09 NOVENTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (B/. 457,995.00), conforme al siguiente detalle:

Volumen

01 t

Título

II :

Fuente dé

Financia miento

*

*

Del

-

Sector

09 :

Pliego

09 i

Programa

002 •

Subprograma

006 -

Gobierno Central Egresos

Tesoro Público

Economía y Finanzas Ministerio de Econo mía y Finanzas Hacienda

Presupuesto Público

Asignación Gen /rica (Nuevos Soles)

04:00 Transferencias Co-

rrienté§

Otras 467.595.00

Total 457.595.00

Justicia ,

Ministerio <jé Justicia Central

DIGA ,

04:20

Al

Sector 06

Pliego 06 :

Programa 01 :

Subprogrtjna 001

Asignadfai Genérica

04.00 ■ : Transferencias-

Corrientes

04.04 : k las Instituciones

Publicas Instituto Nacional Penitencia-rio(^NPE) j57.595.00

Artículo 2*.- Mediante Resolución del Titular dél Pliego y en un plazo no mayor de, 10 días desde la fecha de vigencia del presente Decreto Ley, se aprobará la desagregación a Nivel de Programa, Subprograma, Asignaciones Genéricas y Específicas

de lo transferencia autorizada en el Artículo Io del

preronte dispositivo legal. *

Artículo 3*.* El presente Decreto Ley entrará

en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial "El Peruano".

Articulo 4*.- Déjese sin efecto las normas que se c pongan al presente Decreto Ley.

Dado en la Cauft dé Gobierno, en Lima, a los ONCE días dél me i dé junio, dé mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional dé 1& República

JAIME YOSH YAMA TANAKA Ministro de Pnergía y Minas, encargado del Despachó de 11 Presidehda del Consejo de Ministros.

VICTOR MA,,CA VILLANUÜVA Ministro de JtefenSa

CARLOS BCLOÑÁ BEHR Ministro de lüconomíá y Fí.i Antas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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