Ley Nº 25494

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 25494

DECRETO LEY N» 25494

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo 1°.- Cesar, a partir de la fecha, a los representantes de la Corte Suprema de Justicia, señores

Carlos Castañeda La Fontafne y Juan Torres García, como miembros titular y suplente, respectivamente, del Jurado Nacional de Elecciones.

Articulo 2*,- La Corte Suprema de Justicia, en sesión de Sala Plena Extraordinaria, procederá en el día a elegir a sus representantes, titular y suplente, ante el Jurado Nacional de Elecciones.

Articulo 3®.- Por esta vez, los miembros titulares y suplentes del Jurado Nacional de Elecciones ejercerán

sus funciones hasta la convocatoria a las próximas elecciones políticas generales.

Articulo 4*.- Deróganse o suspéndanse las disposiciones legales que se opongan al cumplimiento de lo establecido en eljpresente Decreto Ley.

Artículos®.- El presente Decreto Ley rige el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once dias del mes de mayo de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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