Tipo de Norma: Ley
Número: 25302
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25302Declaran de preferente interés nacional, la difusión de la Convención sobre (os Derechos del Niño
LEY N 2530»
L PRESIDENTE DE LA REPUBLICA OR CUANTO:
L CONGRESO HA DADO LA LEY BIQUEENTE:
El Congreso de 1$ República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Declárase de preferente interés nacional, la difusión de la “Convención sobre los Derechos del Nido”, aprobada por Resolución legislativa N* 25278.
Corresponde a los Ministros de Educación, Salud y Justicia, la obligación de dictar las medidas pertinentes pora el cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.