Tipo de Norma: Ley
Número: 25301
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25301Modifican Artículo 3 y adición* el Artículo 4* de la Ley No. 2Ó
LEY N 25301
S
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
#
POR CUANTO: /
4
EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
4
Artículo 19— Modificase el Artículo St y adiciónase el Articulo 4 de la Ley N 23588, que quedarán redactados de la siguiente manera:
“Articulo J*- Los trabajadores excedentes de la Compañía de Recaudación SJL, y sus su-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.