Tipo de Norma: Ley
Número: 25292
documento PDF
25292Deroga la Ley de Estatización del Sistema Financiero
Ley No. 25292
Artículo lo.- Derógase la Lxy No. 24723 -Ley de Estatización del Sistema Financiero.
Artículo 2o.- Derógase los Decretos Legislativos Nos. 467, 468, 469 y 470, y dejase sin efecto las disposiciones reglamentarias dictadas al amparo de sus normas.
Artículo 3o.- Delégase en el Poder F.jccutivo, de conformidad con el artículo 188o. de la Constitución, la facultad de dictar mediante decreto legislativo y dentro del término de 120 días, una Ley General de las Instituciones Ranearías, Financieras y de Seguros, dando cuenta al Congreso.
Artículo 4o.- Hasta que entre en vigencia la Ley General a que se refiere el artículo anterior, las instituciones banca-rías, financieras y de seguros, se regirán por lo establecido en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables vigentes al 28 de julio de 1987.
Artículo 5o.- La presente Ley rige a partir del día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
JUAN CARLOS HURTADO MILLER,
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.