Ley Nº 25290

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Tipo de Norma: Ley

Número: 25290


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 25290

Deroga normas sobre la creación y organización del Ministerio de la Presidencia

Ley No. 25290

Artículo lo.- Derógase la Ley No. 24297, el Decreto Legislativo No. 357y las demás disposiciones legales relativas al Ministerio de la Presidencia y déjase sin efecto las correspondientes disposiciones reglamentarias.

Artículo 2o.- La presente Ley rige desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI RAUL SANCHEZ SOTOMAYOR,

Ministro de Pesquería. Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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