Ley Nº 250

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Tipo de Norma: Ley

Número: 250


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LEY N.° 250 Armonium para Lluta

Lima, 15 de octubre de 1906 Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto que por la aduana de Moliendo se despache, libre del pago de derechos fiscales, un armo-nium que varios vecinos del distrito de Lluta, de la provincia de Cailloma, han obsequiado para el servicio de la iglesia de ese pueblo.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E.—M. C. Barrios, Presidente del Senado. — Juan Pardo, ler. Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados. —Julio Revoredo, Pro Secretario del Senado. — Germán Arenas, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidente de la República.

Lima, 18 de octubre de 1906

Cúmplase, comuniqúese y publíquese. —Rúbrica de S. E.—Leguía.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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