Tipo de Norma: Ley
Número: 24862
documento PDF
24862RESOLUCION LEGISLATURA N° 24862
El Congreso de la República del Perú:
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
El Congreso, en vista de la iniciativa del Presidente de la República, formulada de acuerdo con el Artículo 190 de la Constitución Política del Perú, ha resuelto conceder una Pensión de Gracia en el monto y a la persona que a continuación se indica:
1. — A doña Teresa Medina de Reyes, en su condición de madre del que en vida fue den Daniel Reyes Medina, deportista integrante del Club "Alianza Lima”, quien en su carrera futbolística destacó como digno ejemplo para la juventud peruana, y que falleciera en el lamentable accidente aéreo ocurrido el día S de Diciembre de 19S7; la Pensión de Gracia equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.),
2. — La Pensión de Gracia a que se refiere la presente Resolución Legislativa es personal e intransferible y no genera derecho de Pensión de Sobreviviente.
3 — El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima a los dos días del mes de Junio, de mil novecientos ochenta y ocho.
JORGE LOZADA STAMBURY, Presidente del Senado.
LUIS ALVA CASTRO, Presidente de 1a Cámara de Diputados.
JUDITH DE LA MATA DE PUENTE, Sena, dora Secretaria.
CARLOS DE LA FUENTE CHA VEZ GONZA LEZ. Diputado Secretario.
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIO NAL DE LA REPUBLICA.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de Junio de mil novecientos ochen taiocho
ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitu
cional de la República.
MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DE
LA MATA, Ministra de Educación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.