Ley Nº 24859

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 24859

Tipo de Norma: Ley

Número: 24859


Visualización de la norma: Ley 24859



Descargar Ley 24859 en PDF -

documento PDF

 24859

RESOLUCION LEGISLATIVA No. 24859

El Congreso, en vista de la iniciativa del Presidente de la República, formulada de acuerdo con el articulo 190o. de la Constitución Política del Perú, ha resuelto conceder una Pensión de Gracia en el monto y a la persona que a continuación se indica:

1. -A doña ISABEL GUZHAN OE TEJADA, en su condición de Hadre del gue en vida fue don BRAULIO TEJADA GUZHAN, deportista integrante del Club "Alianza Lima",

quien en su carrera futbolística destacó como digno ejemplo para la juventud peruana, y que falleciera en

el lamentable accidente aéreo ocurrido el día 8 de diciembre de 1987; la Pensión de Gracia equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T.).

2. - La Pensión de Gracia a que se refiere la presente Resolución Legislativa es personal e intransferible y no genera derecho de Pensión de Sobreviviente.

3. - El Ministerio de Educación queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Legislativa.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

POR TANTO:

ALAN'GARCIA PEREZ

MERCEDES CABANILLAS DE LLANOS DF LA NATA Ninistra de Educación.

!



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos