Ley Nº 2476

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 02476

LEY N°. 247g

Trasladando la Capital del distrito de Tapairihua, al pueblo

de Yanaca

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único—Trasládase al pueblo de Yanaca la capital del distrito de Tapairihua en la provincia de Aimaraes.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplí-, miento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los trece días del mes de octubre de mil novecientos diez y siete.

J. C. Bernales, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —Juan E> Durand, Secretario del Senado. —Luis A. Carrillo, Diputado Secretario. Al Señor Presidente de la República

Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los quince días del mes de octubre de mil novecientos diez y siete.

Germán Arenas.

José Pardo.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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