Tipo de Norma: Ley
Número: 24708
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24708AMPLIAN EL ART. 8’ DEL DECRETO LEGISLATIVO N* 135 DE LA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO DE EDUCACION
LEY N SITOS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO;
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
Congreso de la República del Peni;
Ha dado la 1 ey siguiente:
Artículo lt — Ampliase el Artículo 8 del Decreto Legislativo N 135 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, con el siguiente inciso: "f) Biblioteca Nacional del Peni”.
Artículo 2 — Encárgase al Poder Ejecutivo diotar las disposiciones correspondientes para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1*
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.