Tipo de Norma: Ley
Número: 24707
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24707ADICIONAN TEXTO AL ARTICULO SEGUNDO DE LA LET
No. 23890
LEY N* 24707
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO-
El Congreso ha dado !a Ley sigílente:
EL CONGRESO DE LA REFUBLilCA DEL PERU:
Ha dado la ley siguiente:
Artículo P— Adiciónase al articulo segundo de la Ley N 23890 el texto siguiente;
"Quedan excluidos de la cancelación de los
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.